Universidad Abierta Interamericana- Versión 20251706 Página 33 b) Promoción por examen final: podrá efectuarse a través de dos modalidades: 1. Evaluación final “integradora coloquial”: accederán a este régimen de evaluación aquellos alumnos cuyo promedio de cursada se encuentre comprendido entre 6 y 10 puntos. Los alumnos podrán presentarse a la mesa examinadora en grupos de no más de tres personas. La evaluación se realizará en forma individual, debiendo demostrar el dominio de la asignatura como unidad y la capacidad de asociarla con otras materias del plan de estudio ya cursadas. 2. Examen final: acceden a este régimen de evaluación aquellos alumnos que han obtenido durante su cursada un promedio comprendido entre 4 y 5,99 puntos. El alumno se presentará en forma individual ante un tribunal examinador, el que interrogará sobre el programa de la asignatura, debiendo demostrar su capacidad de integrarla y relacionarla con otras asignaturas del plan de estudio. Artículo 65: Examen recuperatorio: En las carreras de grado y pregrado acceden a examen recuperatorio de asignatura los alumnos que se encuentren representados en alguna de estas dos opciones: a) Aquellos alumnos cuyo presentismo se encuentre entre el 69% y el 50% y hayan obtenido un promedio de calificaciones de cursada distinta a 0 puntos. b) Aquellos alumnos cuyo promedio de calificaciones de cursada sea inferior o igual a 3,99 puntos y posean un presentismo mayor al 50% de las clases. En las carreras de posgrado acceden a examen recuperatorio de asignatura los alumnos que se encuentren representados en alguna de estas dos opciones: a) Aquellos alumnos cuyo presentismo se encuentre entre el 74% y el 50% y hayan obtenido un promedio de calificaciones de cursada distinta a 0 puntos. b) Aquellos alumnos cuyo promedio de calificaciones de cursada sea inferior o igual a 5,99 puntos y posean un presentismo mayor al 50% de las clases. Consideraciones complementarias: a. El examen recuperatorio de una asignatura se rinde en los mismos períodos de llamado previsto para los exámenes finales. b. Cuando un estudiante no haya sido evaluado en una asignatura con una calificación deberá recursarla. c. En el caso de las carreras que se dictan en la modalidad a distancia se considerará “asistencia” a la realización de las actividades requeridas, previstas en el desarrollo de cada asignatura. d. Habiendo aprobado el Examen Recuperatorio de la Materia, con nota mínima de 4 (cuatro) puntos para las carreras de grado y pregrado, o 6 (seis) para las carreras de posgrado, estarán en condiciones de acceder al Examen Final en el siguiente llamado, con la previa inscripción realizada 48 horas hábiles antes del mismo. e. Para rendir Examen Recuperatorio de la Materia no es necesario presentar Permiso de Examen, pero deberá registrarse con no menos de 48 horas hábiles de anticipación. f. El derecho a rendir Examen Recuperatorio de la asignatura tendrá validez por dos años o dos presentaciones a Exámenes Recuperatorios de la Materia, lo que se produzca primero.