Universidad Abierta Interamericana- Versión 20241216 Página 68 Art. 16º: Los profesores serán asesorados a lo largo del proceso de diseño de las aulas virtuales por el equipo de profesionales afectados al Departamento de Educación a Distancia y se comprometerán a cumplir con los plazos definidos para la culminación del diseño de la asignatura en el campus virtual UAIOnline. Art. 17º: Las aulas virtuales cuyo diseño haya sido finalizado serán validadas por el Departamento de Educación a Distancia, por el titular de la asignatura y el director de la carrera, para la posterior implementación de las cursadas en el campus virtual UAIOnline. Título IV: Condiciones de institucionalidad para la gestión de la oferta académica de las asignaturas en modalidad de cursada mixta y online Art. 18º: Antes del inicio de la cursada de cada cuatrimestre y conforme a la propuesta del director de carrera validada por la Secretaria Académica de la Universidad, las autoridades académicas cargarán las solicitudes de cursadas mixtas y online en el Sistema de Gestión Académica (SIGUE) de la universidad considerando que la sumatoria de la carga horaria virtual incluida en las solicitudes de cursada de asignaturas de una misma carrera no podrá superar el 75% de la carga horaria total del plan de estudios, tal como lo establece la RM. 2599/23. Art. 19º: Las solicitudes serán autorizadas por el Departamento de Educación a Distancia y por la Secretaría de Planificación y Evaluación de la universidad teniendo en cuenta los lineamientos previstos en esta Resolución. Art. 20º: Una vez autorizadas las solicitudes, las autoridades académicas estarán en condiciones de cargar los horarios en la Intranet institucional de forma tal que los estudiantes puedan iniciar el proceso de inscripción, a través del aplicativo miUAI. Art. 21º: Previo al inicio del cuatrimestre, el Departamento de Educación a Distancia ofrecerá a todos los profesores a cargo de las comisiones de cursadas mixtas y online, un taller de actualización sobre “orientaciones para la gestión de la docencia de asignaturas de cursada en modalidad mixta y online en el campus virtual”. Art 22º: La Secretaria de Planificación y Evaluación de la universidad junto con las autoridades de la Facultad y de las carreras son responsables de notificar a los profesores, estudiantes y personal técnico y profesional de apoyo acerca de la política institucional de hibridación de carreras presenciales, garantizando el conocimiento y aceptación de las condiciones previstas para la cursada de asignaturas mixtas y online.